Otra vuelta de tuerca al tema de las repercusiones jurídicas que pueden llegar a tener los comentarios vertidos en un blog donde se deje publicarlos libremente, sin moderación previa.

La línea legal del internet español es tan incierta como una serie de ficción americana y hay que estar muy al tanto para no perderse ningún episodio clave.

Esta última semana volvíamos a recibir noticias del caso de Julio Alonso vs SGAE, que él mismo nos narraba en su blog, Merodeando.com y, aunque no cambia mi postura a la hora de aconsejaros cómo proceder con los comentarios de tu blog para evitarte problemas legales, sí que supone una perspectiva añadida o complementaria que quizás te puedan servir a la hora de decidir qué hacer con esas opiniones, quejas o informaciones subidas de tono o especialmente controvertidas que terceras personas, en muchos casos anónimas, vierten en tu espacio bloguero.

Estas son las nuevas piedras en el camino:

El blogger es “colaborador necesario”

De esta manera se le convierte en persona tan responsable como el autor de los comentarios.

Se restringe la vía subsidiaria que suponía el “conocimiento efectivo”

A lo que iban encaminándose últimamente con buen tino las más altas instancias judiciales era que el blogger era sólamente responsable cuando habiendo tenido “conocimiento efectivo” ( y no meras sospechas) de la lesividad de un comentario de un lector, no procedía a retirarlo.

El blogger como azuzador de la masa ofensora

Julio Alonso retiró de su post los atributos injuriosos que tenía originalmente, pero la Audiencia Provincial de Madrid estima que el invocar a sus lectores a que opinen sobre el tema constituía una especie de invitación a que los mismos virtieran comentarios injuriosos, ofensivos y lesivos contra la entidad de gestión de derechos. Rozando la columna vertebral del delirio. Y quedaos también con el toque: responsabilidad aun cuando se hayan eliminado los comentarios ofensivos si la maquinaria judicial se ha puesto en marcha.

Esperamos que en la posterior revisión de este caso el Supremo confirme la línea seguida en casos previos (Mindoniense, Quejasonline) y resuelva conforme a la LSSICE y no al dictado de la “derogada” Ley de Imprenta del 67, auténtico corsé para la libertad de expresión en la “web participativa” de la que hablaba Julio.

Por Ángel Benito

Mi amplia experiencia en portales como El Rincón del Vago y en empresas como Eresmás Interactiva, Wanadoo o, actualmente France Telecom España para ayudarte a solventar o prevenir ciertos problemas jurídicos o legales a los que puedes enfrentarte como blogger, webmaster o Community Manager. Soy apasionado del copywriting y más que hacia el "copyrighting" me verás tender hacia el procomún y licencias abiertas ;)

3 comentarios en «Los comentarios en tu blog como fuente de problemas legales»
  1. Muy interesante la información. Ni por asomo me imaginaba que un comentario en tu blog podía tener tantas repercusiones.

Los comentarios están cerrados.

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