Ayer saltaba la noticia a los medios: YouKioske.com, web que publica(ba) revistas y prensa en general sin el consentimiento de sus respectivas editoriales, recibía la orden de cese cautelar de actividad por parte de un juzgado de Alicante. A bote pronto cabría pensar que la resolución judicial de cese encontraba fundamento en la LPI (Ley de Propiedad Intelectual) por uso no autorizado de contenidos editoriales ajenos. Pero, para sorpresa de muchos, entre los motivos del cierre se incluía una presunta infracción de las marcas representadas por los editoriales: Youkioske usaba esas marcas en los metatags o palabras clave de las páginas de su puntocom.
Las dudas reactivas no se hacían esperar: ¿está prohibida la mención de marcas y nombres comerciales de terceros en un blog o una web sin el consentimiento del titular? ¿No se puede hacer crítica positiva o negativa del producto o servicio protegido por una marca en una bitácora sin previa autorización? ¿Cede la libertad de expresión ante la Ley de Marcas?
La solución a estos conflictos jurídicos se encuentran tanto en la Ley de Marcas de 2001 como en la jurisprudencia que dicha norma ha generado en sus prácticamente 10 años de vigencia. La marca registrada da a su titular un derecho a utilizarla en exclusiva en el tráfico económico. De esta manera, el nombre o logo en que consista la marca sólo podrá ser utilizado por la persona o empresa que la registró. El titular de la marca puede prohibir usar esa marca o nombre comercial “en redes de comunicación telemáticas y como nombre de dominio“. Si hay utilización, uso económico, aprovechamiento de la reputación de esa marca cuando se utiliza en una web, sin consentimiento de su titular, éste tiene legitimación para actuar contra ese uso, contra esa web, y obtener la protección judicial correspondiente. En muchos casos de conflicto le corresponderá al juez delimitar la existencia de estos aspectos.
Pero la Ley de Marcas también prevé las excepciones oportunas para permitir que se pueda lícitamente mencionar una marca precisamente y describir, sin ningún tipo de penalización para el blogger, en qué consisten los productos o servicios protegidos por la misma. En general, siempre que en tu blog, bitácora o web, o bien en cualquier post que emitas a través de las redes sociales, hagas un uso meramente descriptivo de la marca ajena y de tu realidad con los productos y servicios protegidos por la misma (una experiencia de uso, una valoración personal, etc) el titular de la marca o nombre comercial (lo que llamamos en argot más técnico, la propiedad industrial) no podrá actuar contra esa publicación; es preciso que la mención de la marca no sea una forma fraudulenta de aprovecharse de la reputación de la misma para atraer tráfico u otro tipo de beneficio directo para tu sitio. O bien para destruir esa reputación… Pero esto ya es otra historia.
En tú último párrafo está la clave: si ese nombre se ha usado en los metas para posicionamiento y de una forma que no procede, es decir, no relacionado con el contenido de un artículo, sino para ayudar a que la página salga en los buscadores, no solo le va a castigar Google…
:S
El mundo web tiene la propiedad de multiplicar y generalizar tanto un tipo de infracción que hace parecer que está consentida, tal como es el caso que comentas. Pero comprar una palabra coincidente con una marca popular con la finalidad de conseguir el clic y consiguiente desvío de tráfico a nuestro sitio, no encaja en la definición de uso descriptivo lícito que maneja nuestra ley de signos distintivos.
Google, como sabes, tiene un formulario para que las marcas registradas puedan alegar el uso ilícito en adwords de sus correspondientes nombres comerciales e impedir el uso de esa marca a persona distinta de su titular.
Saludos
Vaya habra que buscar otro sitio 🙂 >
La noticia a la que haces referencia, esta manipulada intenciondamente por estos medios de comunicación, como bien aclaran con una nota de prensa desde la web a la que hacen referencia.
No demos bombo a falsas noticias o intentemos al menos aclarar como esta realmente el asunto, sin la manipulacion de los grandes medios interesados.
YouKioske desmiente la noticia:
http://www.youkioske.com/legal/nota-de-prensa.html
Simplemente recojo lo que publicó Expansión. Me sirvió para ilustrar el tema de uso o mención de marca ajena y en ningún caso entro en el fondo del asunto de Youkioske.
Nada más que añadir. Saludos 🙂